Confección de planes de contingencia y emergencia para derrames ambientales

Frente a emergencias ambientales como derrames de hidrocarburos u otras sustancias nocivas en ríos, lagos o zonas costeras, contar con un plan de contingencia y emergencia aprobado es obligatorio según la normativa chilena. En CAPIN Consultorías, elaboramos estos planes según lo exigido por los Servicios Públicos competentes, garantizando su aplicabilidad, legalidad y respuesta efectiva.

Nuestro enfoque combina experiencia normativa, conocimiento marítimo y soluciones adaptadas a cada tipo de instalación, empresa o artefacto naval.

Elementos clave del servicio Planes de contingencia y emergencia ambiental

Cumplimiento normativo y legal

Identificamos el tipo de plan que exige la normativa ambiental, en función del tipo de actividad y operación.

  • Revisión de normativas aplicables (D.S., MARPOL, exigencias AAMM)
  • Determinación del tipo de plan requerido
  • Validación ante autoridades competentes

Análisis de documentación

Reunimos y evaluamos los antecedentes requeridos para confeccionar el plan específico.

  • Documentación mínima y complementaria
  • Caracterización de la empresa y su operación
  • Evaluación de aplicabilidad según ubicación, infraestructura y actividad

Confección del plan de contingencia/emergencia

Diseñamos un plan técnico y normativo, listo para presentación y validación.

  • Estructura completa del plan
  • Protocolos obligatorios y sugeridos
  • Detalle de equipos propios o contratados para respuesta ante emergencias

Detalle por área del servicio

Beneficios de Nuestro Enfoque:

Reducción de observaciones en la presentación del plan

Confección técnica adaptada a cada tipo de operación o instalación

Prevención de sanciones administrativas y mejor gestión de emergencias

Preguntas Frecuentes en Planes de contingencia y emergencia ambiental

¿Qué son los planes de contingencia y emergencia?
Son documentos obligatorios que establecen protocolos y medidas técnicas para actuar ante derrames de hidrocarburos o sustancias nocivas, según lo exige la normativa ambiental vigente.
¿Quiénes deben contar con planes de contingencia?

Artefactos navales, astilleros, puertos, terminales marítimos, centros de cultivo, instalaciones que almacenan o transfieren combustibles, marinas recreativas, y otras instalaciones indicadas en el Convenio MARPOL 73/78 y su aplicación en Chile.

¿Quiénes deben contar con planes de emergencia?
Naves sobre 50 AB, naves que transporten hidrocarburos o sustancias nocivas líquidas, y naves que realicen faenas de transferencia de este tipo de materiales.
¿Por qué trabajar con CAPIN para este proceso?
Porque contamos con experiencia evaluando este tipo de planes desde el ámbito público, con dominio técnico y normativo, lo que asegura un proceso más eficiente y efectivo.

¿Tu empresa necesita un plan de contingencia o emergencia aprobado? CAPIN te asesora en cada etapa para cumplir con la normativa y estar preparado ante cualquier eventualidad.